Resumen del Artículo quinientos setenta y siete

Artículo quinientos setenta y siete del Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) — 1. Contra la proclamación definitiva de candidaturas cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos días desde la publicación del acuerdo. En el mismo acto de interposición se deberán presentar las alegaciones que se estimen pertinentes, acompañadas de…

LOPJVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo quinientos setenta y siete

1. Contra la proclamación definitiva de candidaturas cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos días desde la publicación del acuerdo. En el mismo acto de interposición se deberán presentar las alegaciones que se estimen pertinentes, acompañadas de los elementos de prueba oportunos.

2. El conocimiento del recurso contencioso-administrativo corresponderá a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que deberá resolver en el plazo de tres días desde su interposición.

Norma publicada: 1 de julio de 1985

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo quinientos setenta y siete

¿Qué dice el Artículo quinientos setenta y siete del LOPJ?

1. Contra la proclamación definitiva de candidaturas cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos días desde la publicación del acuerdo. En el mismo acto de interposición se…

¿El Artículo quinientos setenta y siete del LOPJ está vigente?

El artículo quinientos setenta y siete del LOPJ está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo quinientos setenta y siete dentro del LOPJ?

Se encuentra en la estructura: LIBRO VIII › CAPITULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo quinientos setenta y siete?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.